fbpx

La esfera

Esfera

Todas las partes del proyecto deben indicar hacia la misma dirección, sin repetirse. Es una cuestión de congruencia. De explorar las muchas caras que puede tener la misma idea.

 

“La noción de pequeño ambiente da su sentido más hondo al consejo,
al definir la forma cerrada del cuento,
lo que ya en otra ocasión he llamado su esfericidad.”

– Julio Cortázar
Del cuento breve y sus alrededores
(Último round, 1969)

 

Cualquier proyecto artístico tiene una infinita cantidad de variables. Nuestra labor como creadores es tratar que todas esas variables sean resueltas de manera armoniosa. Podemos empezar por identificar las variables más prominentes de un proyecto y diseñar cada uno de estos espacios.

Debemos señalar cuáles son las patas que tiene ese proyecto. Analizarlas y evaluar si apuntan a la misma dirección.

Podríamos pedir prestadas herramientas de otra disciplina, como branding para identificar estas variables.

Continuar leyendo “La esfera”

Los errores del contrato de representación escénica

representacion escenica

Este artículo va a ser técnico. Una diatriba teledirigida; pero síganme. La legislación colombiana habla del contrato de representación escénica… pero 30* años después, sigue con el mismo error desde el día en que fue redactado.

Presentamos al culpable:

“Ley 23 de 1982. CAPÍTULO IX –“ Contrato de representación – Artículo 139º.- El contrato de representación es aquel por el cual el actor de una obra dramática, dramático-musical, coreográfia o de cualquier género similar, autoriza a un empresario para hacerla representar en público a cambio de una enumeración.”
(Subraya fuera de texto)

 Hay muchas cosas que están mal en ese artículo.

Una, que dice “actor” donde debería decir “autor”… incluso debería decir “titular”. La redacción correcta debía ser:

El contrato de representación es aquel por el cual el titular de una obra (…) autoriza a un empresario para hacerla representar en público a cambio de una enumeración.

Téngame eso ahí’tantico.

Continuar leyendo “Los errores del contrato de representación escénica”

Lo que va con los nombres de dominio

Nombres de dominio

Parte fundamental de un proyecto creativo es su nombre. Parte esencial de ese nombre es que se pueda usar.

Label: Derecho de EntretenimientoLas marcas son una cosa. Los nombres de dominio (la presencia en internet) son otra cosa. No muy distinta; pero otra cosa.

Hay que llegar primero. Igual que con las marcas.

Pero su uso no se limita a un solo país. Bueno. Si consideramos que internet no es un país.

Es importante revisar la disponibilidad del nombre con el que se está bautizando el proyecto, para asegurar que su presencia en internet es tranquila y no llevarse sorpresas. Entre más homogéneo mejor.

Una gran herramienta para revisar la disponibilidad de nombres de dominio y usuarios de redes sociales es Namechk.

Sobre un nombre terminamos volcando un montón de lazos emocionales; es preferible ahorrarse las penas, invertir un poco de tiempo en revisar la disponibilidad y luego optar por el nombre.

Continuar leyendo “Lo que va con los nombres de dominio”

¿Cuál ley se aplica en internet?

ley en internet

Internet está en todas partes. Eso genera suficientes dolores de cabeza cuándo preguntamos ¿dónde hay que demandar? o ¿qué corte debe decidir este caso?

Label: Derecho de EntretenimientoInternet diluyó las barreras territoriales. Por lo que  Facebook podría ser el mayor país de la tierra. La aparente gratuidad de internet ha ayudado a que la idea de la ley sujeta a un territorio específico sea cada vez más difícil de aterrizar. Usualmente, en el mundo off-line, las reglas de a qué corte debe irse para reclamar se incumplimientos o abusos de otros tienen categorías claras: territorio donde pasa algo, quién lo comete, o dónde se genera el daño.

En Colombia el tema se limita a:

  • Regla general: Dónde viva usualmente el demandado, o tenga sus negocios —en su domicilio, esa es el concepto técnico. Pero en Colombia, domicilio suena a almuerzo… y pues, no es el caso—;
    Si el demandado no tiene un domicilio, se demanda en el lugar de residencia del demandado;
    Si el demandado no tiene domicilio o residencia en el país, en el tribunal del domicilio del demandante.
  • Contratos: Dónde se cumplan, o en el lugar de domicilio del demandado.
  • Daños: El lugar donde ocurrió el incidente.
  • Bienes: Donde se encuentren los bienes.
  • Delitos: El lugar donde se cometió el delito (si se conoce); o donde se formule la denuncia (si no se conoce dónde se cometió el delito).
  • Tutela: Dónde ocurre la violación, la amenaza o dónde se producen sus efectos.

En internet se han tomado múltiples posiciones, al rededor del mundo. Aunque principalmente tres:

  • Se demanda donde está el usuario.
  • Se demanda donde está el servidor donde está almacenada la información.
  • Dónde se cometió la infracción.

Cada una de estas categorías hace que la aplicación de la ley se torne un poco confusa.

Los principios generales del derecho.

El reto más grande para los abogados acuralentes es asesorar poryectos transfronterizos y minimizar los riesgos de exposición al máximo.

La ventaja es que todos los paises siguenprincipios generales del derecho, sin mucho debate. Sin embargo hay que tener en cuenta (mas en las limitaciones) la lectura que se da a cierto hecho desde otro lugar. (P. Ej. Las

Directivas de lamunion europea sobre tratamiento de datos es mucho más rígida que por decir en Colombia).

Seundo hay que hacer un análisis de en cuáles rerritorios realmente se estáaxtuando y si algun negocio particular o conducta puede tener consdcuencias juridicas en eseterritorio.

Recomendado

Este artículo académico explica con mayor profundidad el asunto: Pedroza, Israel Soler, and William Guillermo Jiménez Benítez.¿ Cómo establecer la jurisdicción y competencia en casos de internet?: Tendencias internacionales y nacionales. Diálogos de saberes: investigaciones y ciencias sociales 41 (2014): 15-32.

Una banda es algo (imagino) parecido a una familia o una pareja (poliamorosa) [Entrevista a Juan Manuel Torreblanca]

Entrevista Torreblanca

Hablamos con Juan Manuel Torreblanca, vocalista de la banda mexicana Torreblanca, para que nos contara sobre la música, la creación artística, el arte de dormir y lo que siempre queda por decir. 

Juan Manuel Torreblanca es un músico excepcional. Sus composiciones pueden pasar del bubble-gum pop (“Roma“) hasta canciones oscuras llenas de texturas (“1000 fantasmas“).Como intérprete puede retorcer una canción de José José (“¿y qué?“) para coserla encima suyo. Con las canciones de Torrreblanca sorprenden en los matices, es música para múltiples estados de ánimo. Te reta, te consiente, te invita. Se desmarca y no se deja encasillar.

Para el lanzamiento del EP “Algo se quedó sin decir” (2016), Torreblanca preparó un concierto de despedida y un documental para registrarlo. El grupo está actualmente en una pausa, indefinida, necesaria según ellos. Los que tarareamos su música con una sonrisa entre los labios, esperamos que la pausa no se alargue mucho más.

Respondió nuestras preguntas con calidez y agradecemos profundamente el tiempo que le dedicó a cada una.

Continuar leyendo “Una banda es algo (imagino) parecido a una familia o una pareja (poliamorosa) [Entrevista a Juan Manuel Torreblanca]”