fbpx

Venga, venga, hablemos de Sayco y sus cobros a livestreams

Los invito a que apaguen sus antorchas, las dejen a un ladito y hablemos.

Sayco sacó una decisión de cobro para eventos virtuales. Ese no es el problema.

Suscríbete a nuestra lista de correo

No enviamos spam ni compartimos tu info.

I agree to have my personal information transfered to MailChimp ( more information )

Ellos tienen la autorización para cobrar por cualquier evento que genere comunicación pública de obras en el país.

Cualquiera.

Insisto amigo, baje la antorcha. Que no les guste esa sociedad no cambia que ellos puedan cobrar. De corrupción o similares hablemos otro día.

El derecho de autor parece una cosa hip; pero en realidad son reglas del siglo XIX… y si tenemos suerte para mitad del Siglo XX.

Por lo que Internet, que es nuestra realidad actual, se rige bajo un montón de interpretaciones raras. Porque las normas no fueron hechas para esa realidad, tuvieron que adaptarse a esa realidad.

… y el derecho siempre llega tarde a la fiesta.

Muuuuuuuuuy tarde.

Los livestreams, si no se guardan, son técnicamente una comunicación pública.

Sencillo.

Así como califica por comunicación pública un concierto o sonar en radio; y Sayco puede cobrar.

El problema no es que Sayco quiera cobrar por los lives… el problema es que la resolución no es clara, ni dice ni cómo va a calcular eso.

El Content ID de YouTube, y los conteos en otras plataformas amarra el número de la grabación (ISRC) al de la composición (ISCW). Ese se puede medir y es transparente.

Pero… ¿en vivo?

No hay tecnología suficiente (aún) para reconocer el repertorio; mucho menos para catalogarlo y saber quién es el titular de esas canciones.

Sayco quiere salirle al corte, sonar hip y decirle a sus socios que sí están recauda do.

¿Pero por dónde empiezan?

¿Contratando a @senoracatolica para que mire IGLives todo el día y denuncie el repertorio?

¿Hay alguien que se sepa todas las canciones del mundo para que pueda reconocer cualquiera?

¿Por qué la resolución define un pago mínimo pero no dice cuál es la fórmula para recalcular en caso de exceder ese mínimo? (Por falta de transparencia o de técnica; ud. elija y aquí le devuelvo su antorcha)

Ese es el verdadero problema.

Lo difícil de balancear es esto:

hay autores que no son intérpretes. Autores que sus canciones son más famosos que ellos: https://youtu.be/Lra-9Z0nKI0 (#Wilfranlieber)

A esos representa Sayco.

Y son los más preocupados que se use su repertorio y no existan herramientas para que ellos puedan monetizar el uso de sus obras.

También hay intérpretes netos, que solo cantan canciones de otros, que no componen y eso está bien. Que son famosos por el repertorio y la manera que interpretan.

(Andrés Cepeda no compone una canción buena desde el ‘92; … señora baje la antorcha… ¡SEÑORA POR FAVOR!)

Parece que Sayco la está embarrando con querer cobrar los lives.

Pero es un primer paso para proteger a sus autores.

Que no haya tecnología, ni tiempo suficiente para lograrlo es otra cosa.

Lo que proponen en la resolución no es escalable. Por lo que va a ser un fracaso.

Los que van a llevar del bulto son los organizadores de eventos más visibles. Los que haga publicidad fuerte (Páramo, Jessi Uribe y Paola Jara).

El resto… sus lives de 20 personas, si me preguntan a mi, califica como uso privado.

*Disclaimer: No, no tengo nada con la Sociedad de Autores y Compositores, soy titular administrado y en el último recaudo me pagaron $1.600, que eso ya mo alcanza ni para pagar un viaje en Transmilenio.