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Originalidad, homenajes y sangre, mucha sangre. En el cine.

Hay muy pocos directores que hayan marcado la cultura Pop de finales del siglo XX y lo que va del siglo XXI como Quentin Tarantino. Sin embargo, su obra está tan llena de referencias a otras películas como de escenas violentas.

El debate sobre el permanente uso de referencias de diversos directores, y autores de todas las artes en general, siempre deja en tela de juicio el concepto de creación original que se plantea en la comunidad que consume arte. Las críticas dirigidas a señalar “plagios” o “copias” es permanente en la industria, para no ver tan lejos, tenemos lo sucedido en los Oscar de 2018 donde se le acusaba a Guillermo del Toro de plagiar “la criatura del lago negro”, una película clásica del género del cine negro de 1954, o, a tal punto, de haberse plagiado a sí mismo en el diseño de Abraham Sapiens en HellBoy; y esta historia se ha repetido miles de veces en la historia del arte. Abordar la discusión a nivel general es sumamente complicado, y podría terminar yéndome por las ramas al intentar explicar diversos temas, por ello, y con el fin de facilitar el manejo del tema, opté por tomar a uno de los mayores melómanos del cine y uno de los directores más conocidos de la actualidad: Quentin Tarantino.

La historia de Tarantino es una de película, iniciando desde joven en la actuación teatral y pasando como empleado en un videoclub, que terminaría convirtiendo en un centro cultural hacia el cine, demostraría desde muy temprana edad su pasión por el cine y el dramatismo, que más adelante vendría a rendir frutos en su primer largometraje “Reservoir Dogs” en 1992.

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¿Hay diferencia cuando un cantante colabora y cuando le pagan solamente por la voz?

Para empezar, dejemos claro que yo de Bad Bunny  sé poco, pero de industria musical atiendo de L-V.

Hace unos días Alejandro Gómez Cano (@alejandrogcano)  me puso en el radar la polémica de “Yo perreo sola” de Bad Bunny en #YHLQMDLG. No desde la parte estética o conceptual; sino desde los créditos y sus efectos. 

Me dijo: “Usted, que puede, debería explicar la diferencia cuando un cantante colabora y cuando le pagan solamente por la voz.”

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El director como autor de la obra cinematográfica.

El cine, el séptimo arte, es característico por tener la convergencia de varios recursos artísticos, por esto necesita gozar de una homogeneidad estable a lo largo de toda la obra, tanto en su estética, narrativa, interacción de sus personajes, etc. Para esto es necesario alguien que tenga la visión global de la obra, y que coordine todos los medios: El director.

El cine adolece de la pesadilla de todo estudiante, y de la obligatoriedad de saber manejar la circunstancia de, trabajar en equipo. Hay pocas cosas más frustrantes que tener que hacer un trabajo en grupo y que solo 1/3 del grupo trabaje, y que el resto sea objeto del llamado “carrito”, y arrastrar nota es lo peor.

Al ser un tipo de obra compleja, un texto multimodal, los participantes de la cinematografía suelen tener diferentes especializaciones, los actores, luministas, el director de fotografía, el guionista, los coloristas, la postproducción, todos tiene tareas y funciones específicas. Sin embargo, no hay que olvidar que una obra audiovisual no puede ser un popurrí de perspectivas, sino que tiene que gozar de una homogeneidad para llegar a comunicar la historia o mensaje que pretende, para esto es que se tiene un director. 

La función principal del director en la obra es la de tomar decisiones y decidir, especialmente, sobre la línea conceptual que ha de seguir la obra en sí misma. A partir de ello, recurrir a las herramientas que le brindan el resto de los participantes para enriquecer esta visión y dar la sensación de homogeneidad y equilibrio necesario para llevar el entendimiento del mensaje articulando de esta forma sus medios. 

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Venga, venga, hablemos de Sayco y sus cobros a livestreams

Los invito a que apaguen sus antorchas, las dejen a un ladito y hablemos.

Sayco sacó una decisión de cobro para eventos virtuales. Ese no es el problema.

Ellos tienen la autorización para cobrar por cualquier evento que genere comunicación pública de obras en el país.

Cualquiera.

Insisto amigo, baje la antorcha. Que no les guste esa sociedad no cambia que ellos puedan cobrar. De corrupción o similares hablemos otro día.

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Del registro de videojuegos y otras formalidades.

El videojuego viene a ser una obra compleja ya que incluye ilustración, video, audio, código de programación, historia y, algunas veces, hasta guion. Así que su clasificación es complicada, y su registro se hace a través de piruetas conceptuales y burocráticas. En algún lado tiene que encajar ¿no?

La ley 23 de 1982 es una de las normas más importantes en temas de derechos de autor en Colombia, pero, por obvias razones, es sumamente obsoleta.  Según la normativa, hay categorías establecidas en las que encajan las obras para llevar a cabo el registro de estas, y esto es un problema bastante marcado, ya que, a pesar de que en el 82 ya existían los videojuegos, no había una producción en Colombia de ellos, por lo cual en el proyecto prácticamente se ignoraron. 

Sin embargo, la enumeración de la ley 23 es una lista meramente enunciativa, dejando abierta la puerta para que las obras que no encajen perfectamente en sus categorías puedan ser protegidas. A fin de cuentas, la protección se extiende a todo lo que sea producto original del intelecto del ser humano y que pueda ser exteriorizado por medio de un soporte material. 

Ahora bien, el problema en concreto que viene a afectar a los videojuegos radica en su carácter de obra compleja, donde se suele hacer un símil entre este tipo de obra y la obra cinematográfica, ya que ambas tienen a la imagen como un medio indispensable para el desarrollo de la obra, y, a su vez, se caracterizan como obras multimediales a las que subyace un programa de ordenador. 

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